Disposición transitoria cuarta. Condiciones ligadas a las concesiones de uso de dominio público radioeléctrico.
Las condiciones ligadas a los títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico destinados a la explotación de redes o prestación de servicios de telecomunicaciones que impliquen el uso del dominio público radioeléctrico, y que se hubieran otorgado con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto, y del reglamento que aprueba, a través de procedimientos de licitación pública, previstas en los pliegos reguladores de las licitaciones o en la oferta del operador, pasan a estar ligadas a las concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico.
Texto oficial de Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico (BOE-A-2017-2460). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.