CAPÍTULO VIII. Otras disposiciones de la Ley 6/2015, de 12 de mayo
Disposición transitoria segunda. Entrada en funcionamiento del sistema unificado de información de operadores.
En el plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de este real decreto, será de plena aplicación el artículo 5.
Texto oficial de Real Decreto 267/2017, de 17 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico, y por el que se desarrolla la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria (BOE-A-2017-2991). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.