1. El objeto de este real decreto es establecer el procedimiento para la anotación y cancelación de las notas desfavorables en la hoja de servicios de los guardias civiles.
2. A los efectos de este real decreto, se entiende por notas desfavorables las siguientes:
a) Todas las sanciones disciplinarias, una vez que adquieran firmeza en vía administrativa.
b) Las penas impuestas en virtud de sentencia firme por el órgano jurisdiccional competente.
Texto oficial de Notas Desfavorables del Personal de la Guardia Civil (BOE-A-2017-3022). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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