Disposición transitoria primera. Adaptación del contenido de la hoja de servicios.
En el plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de este real decreto, la Jefatura de Personal de la Guardia Civil adaptará el contenido de las hojas de servicios de los guardias civiles a lo dispuesto en esta norma, en lo que resulte necesario.
Durante dicho período, la citada Jefatura velará para que el contenido de las hojas de servicios que se remitan a los órganos competentes se ajuste a lo previsto en el artículo tercero.
Texto oficial de Notas Desfavorables del Personal de la Guardia Civil (BOE-A-2017-3022). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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