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DISPONGO:

Disposición transitoria segunda. Utilización del personal de la SAGEP durante el periodo transitorio de adaptación.

Texto oficial de Real Decreto-ley del Servicio Portuario de Manipulación de Mercancías (BOE-A-2017-5270). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Disposición transitoria segunda. Utilización del personal de la SAGEP durante el periodo transitorio de adaptación. — Real Decreto-ley del Servicio Portuario de Manipulación de Mercancías · BOE Fácil