Artículo 1. Creación, objeto y naturaleza de la Comisión de seguimiento, control y evaluación.
1. Se crea la Comisión de seguimiento, control y evaluación del Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo. Esta Comisión está adscrita al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
2. La Comisión tiene por objeto el seguimiento, control y evaluación del cumplimiento del Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo.
3. La Comisión tiene la naturaleza de órgano colegiado de carácter representativo previsto en los artículos 15.2, 21.1 a) y 21.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Texto oficial de Comisión de Seguimiento de las Cláusulas Suelo (BOE-A-2017-5864). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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