CAPÍTULO VI. Régimen sancionador
Disposición adicional tercera. Aceptación de documentos de otros Estados miembros a efectos de acreditación del cumplimiento de requisitos.
Texto oficial de Real Decreto del Reglamento de Protección contra Incendios (BOE-A-2017-6606). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
