En los casos de vacante, ausencia o enfermedad del titular de un órgano directivo y, en defecto de designación de suplente conforme a lo previsto en el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la suplencia se realizará de la siguiente manera:
a) Los titulares de los órganos citados en el apartado 3 del artículo 1 se sustituirán entre sí, siguiendo el orden en que aparecen mencionados en este real decreto.
b) Los Directores Generales serán sustituidos por los Subdirectores Generales de su dependencia, siguiendo el orden en que aparecen mencionados en este real decreto.
c) Los titulares de las Subdirecciones Generales serán sustituidos por los Subdirectores Generales de cada centro directivo siguiendo el orden en que aparecen mencionados en este real decreto.
Texto oficial de Real Decreto 703/2017, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (BOE-A-2017-7979). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.