1. Las ayudas se convocarán, en función de las disponibilidades presupuestarias, por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
2. Las ayudas se concederán por riguroso orden de presentación de las solicitudes a través del enlace correspondiente en la página web del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, hasta el agotamiento de los fondos disponibles.
3. Las presentes ayudas se concederán en régimen de concesión directa, conforme al artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Texto oficial de Real Decreto 704/2017, de 7 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria (BOE-A-2017-7984). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.