Disposición transitoria segunda. Delegación de competencias.
Las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y directivos afectados por este real decreto y por los Reales Decretos 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales y 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, continuarán vigentes, hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.
Cuando las delegaciones de competencias que mantienen sus efectos en virtud del apartado anterior se hubiesen efectuado a favor de órganos suprimidos por alguno de los reales decretos citados en su caso, las referidas delegaciones se entenderán vigentes a favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia.
Texto oficial de Real Decreto 725/2017, de 21 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia (BOE-A-2017-8753). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.