Instrucción técnica complementaria MIE APQ-10 «Almacenamiento en recipientes móviles» · CAPÍTULO III. Almacenamiento conjunto
Artículo 19. Proceso de evaluación del almacenamiento conjunto.
Se seguirá el siguiente método para evaluar la posibilidad de que exista un almacenamiento conjunto de los recipientes móviles:
a) Para cada clase de peligro del producto (frase H o combinación de frases H) se consultarán sus incompatibilidades en la tabla I para determinar si el almacenamiento puede ser sin restricción o debe ser separado o independiente.
b) Se tendrá en cuenta una segunda consideración basada en las fichas de datos de seguridad de los productos que se van a almacenar conjuntamente. Si en estas fichas existe información que implique la incompatibilidad entre productos, se almacenarán de forma separada o independiente. Se tendrán en cuenta, entre otros puntos, si:
i. Se necesitan diferentes agentes de extinción,
ii. Se requieren diferentes condiciones de temperatura,
iii. Reaccionan entre sí de forma peligrosa,
iv. Se almacenan en recipientes frágiles.

Texto oficial de Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10 (BOE-A-2017-8755). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.