Instrucción técnica complementaria MIE APQ-2 «Almacenamiento de oxido de etileno en recipientes fijos» · CAPÍTULO IV. Operación de las instalaciones
Artículo 24. Reparaciones.
Antes de comenzar las reparaciones en algún equipo que haya contenido óxido de etileno se vaciará y aislará del resto de la instalación mediante discos ciegos u otro sistema de bloqueo de seguridad equivalente, lavando con agua, drenando cuidadosamente y comprobando que no existen hidratos o polímeros y que su atmósfera interior no forma mezcla explosiva. Antes de trasladar de lugar (por ejemplo, a un taller) un equipo móvil que ha contenido óxido de etileno, se tomarán idénticas precauciones.
Antes de que el personal penetre en el interior de un recipiente que haya contenido óxido de etileno será necesario vaciarlo y lavarlo con agua, asegurándose que su atmósfera es respirable y no inflamable. El personal usará equipo de respiración autónomo en tanto no se garantice la completa eliminación del óxido de etileno, polímeros o hidratos en cualquier punto del recipiente, tubuladura o tubería asociada. Todas las conexiones del recipiente con las tuberías de entrada y salida se aislarán con discos ciegos. En todo momento se seguirán los procedimientos de trabajo en espacios confinados de acuerdo con la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.
Texto oficial de Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10 (BOE-A-2017-8755). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.