Instrucción técnica complementaria MIE APQ-3 «Almacenamiento de cloro» · CAPÍTULO VIII. Construcción, mantenimiento, revisiones e inspecciones de las instalaciones
Artículo 30. Control de recipientes fijos.
Los recipientes y los demás equipos a presión se construirán conforme a lo indicado en el artículo 7 de esta ITC.
La instalación y las inspecciones antes de la primera puesta en servicio de los recipientes fijos y de los equipos a presión y elementos asociados se efectuarán de acuerdo a lo prescrito en el Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre.
Texto oficial de Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos (BOE-A-2017-8755). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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