Instrucción técnica complementaria MIE APQ-1 «Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles en recipientes fijos» · CAPÍTULO VI. Instalaciones para carga y descarga
Artículo 33. Clasificación.
Se consideran instalaciones de carga y descarga aquellos lugares en los que se efectúan las siguientes operaciones:
a) Trasiego entre equipos de transporte y los almacenamientos o viceversa.
b) Trasiego entre equipos de transporte y las instalaciones de proceso o viceversa.
c) Trasiego entre almacenamientos o instalaciones de proceso a recipientes móviles o viceversa.
Texto oficial de Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos (BOE-A-2017-8755). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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