CAPÍTULO IV. Ayudas a la producción de cortometrajes · Sección 1.ª Ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto
Artículo 32. Cuantía, solicitudes y documentación.
1. Dentro del crédito anual destinado a estas ayudas, su cuantía podrá alcanzar el porcentaje del coste reconocido por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales correspondiente a la intensidad máxima de ayuda que resulte de aplicación.
2. El plazo de presentación de solicitud de las ayudas, que será como máximo de 30 días, y la documentación que deba acompañarse a la misma, se establecerán en la respectiva convocatoria.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. 2.13 de la Orden CUD/426/2019, de 11 de abril. [Ref. BOE-A-2019-5551](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-5551)</small>
Texto oficial de Orden CUD/769/2018, de 17 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (BOE-A-2018-10176). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.