Disposición final tercera. Observatorio de Salud de la Mujer.
Se creará como órgano colegiado de los previstos en el artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el Observatorio de Salud de la Mujer, el cual se adscribe al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación.
Texto oficial de Estructura Orgánica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (2018) (BOE-A-2018-11841). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Observatorio de Salud de la Mujer. — Estructura Orgánica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (2018) · BOE Fácil