Artículo 18. Sectores con normativa específica equivalente.
Cuando una normativa nacional o comunitaria establezca para un sector obligaciones de seguridad de las redes y sistemas de información o de notificación de incidentes que tengan efectos, al menos, equivalentes a los de las obligaciones previstas en este real decreto-ley, prevalecerán aquellos requisitos y los mecanismos de supervisión correspondientes.
Ello no afectará al deber de cooperación entre autoridades competentes, a la coordinación ejercida por el Consejo de Seguridad Nacional ni, en la medida en que no sea incompatible con la legislación sectorial, a la aplicación del título V sobre notificación de incidentes.
Texto oficial de Real Decreto-ley 12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información (BOE-A-2018-12257). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 18. Sectores con normativa específica equivalente. — Real Decreto-ley 12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información · BOE Fácil