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orden · BOE-A-2018-12346

Orden TEC/921/2018, de 30 de agosto, por la que se definen las líneas que indican los límites cartográficos principales de los ámbitos territoriales de las Confederaciones Hidrográficas de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo, por el que se definen los ámbitos territoriales de los organismos de cuenca y de los planes hidrológicos

Estado
Vigente
Publicación
11/9/2018
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio para la Transición Ecológica

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden TEC/921/2018 establece la delimitación cartográfica precisa de las líneas divisorias principales de las nueve Confederaciones Hidrográficas, usando tecnología LIDAR de alta precisión, sin modificar formalmente los reales decretos de 1987 y 2007 que las definen de forma genérica, pero completando y precisando su aplicación práctica.

A quién afecta: Las nueve Confederaciones Hidrográficas (Cantábrico, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Guadalquivir, Segura, Júcar y Ebro), las Comunidades Autónomas y los titulares de explotaciones de agua situadas cerca de los límites entre cuencas.

  • Delimita cartográficamente los ámbitos territoriales de las nueve confederaciones hidrográficas mediante un archivo digital de líneas divisorias principales, publicado en el nodo de infraestructura de datos espaciales del Ministerio para la Transición Ecológica (artículo único.1).
  • El archivo de delimitación se identifica con un código criptográfico (hash) MD5 específico, para garantizar que se usa siempre la versión oficial (artículo único.2).
  • Las Confederaciones Hidrográficas están obligadas a adaptar su propia cartografía al contenido de ese archivo desde la entrada en vigor de la orden (disposición adicional segunda).
  • No modifica formalmente el Real Decreto 650/1987 ni el Real Decreto 125/2007, que siguen describiendo los ámbitos de forma genérica; la cartografía detallada solo completa y precisa su aplicación práctica (preámbulo).
  • Deroga la Orden ARM/3797/2008, que resolvía de forma puntual un tramo de la línea divisoria entre el Guadiana y el Júcar en Castilla-La Mancha, ahora sustituida por la delimitación general (disposición derogatoria única).
¿Modifica esta orden los reales decretos que definen los ámbitos de las cuencas hidrográficas?

No formalmente: los reales decretos de 1987 y 2007 siguen describiendo los ámbitos de forma genérica; esta orden solo completa y precisa su aplicación con una cartografía detallada (preámbulo).

¿Qué tecnología se usó para trazar los límites cartográficos?

Tecnología LIDAR de alta precisión, con modelos digitales de elevaciones de hasta 1 metro de resolución espacial, procesados por el Instituto Geográfico Nacional (preámbulo).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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