CAPÍTULO IV. Proceso de calificación de los laboratorios
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Esta orden ministerial entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo el capítulo IV, que entrará en vigor al año de dicha publicación.
Madrid, 19 de septiembre de 2018.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
Texto oficial de Red de Laboratorios del Ministerio de Defensa (BOE-A-2018-13407). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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