TÍTULO I. De los derechos, deberes y principios rectores · CAPÍTULO II. Derechos y deberes
Artículo 25. Derechos de consumidores y usuarios.
Las personas, en su condición de consumidoras y usuarias de bienes y de servicios, tienen derecho, en los términos que se establece por ley:
a) A que se garantice por los poderes públicos canarios la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, y un régimen de garantías de los productos y servicios adquiridos.
b) A una información integral de los productos, servicios y prestaciones que se ofrezcan para su consumo.
c) A asociarse libremente y a participar activamente en lo referente a la Administración Pública.
Texto oficial de Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias (BOE-A-2018-15138). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 25. Derechos de consumidores y usuarios. — Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias · BOE Fácil