TÍTULO III. Organización territorial de Canarias · CAPÍTULO II. De los municipios canarios
Artículo 76. Consejo Municipal de Canarias.
El Consejo Municipal de Canarias es el órgano de participación y colaboración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y los ayuntamientos canarios, y particularmente el encargado de canalizar el parecer de los ayuntamientos en las iniciativas legislativas que afecten de forma específica a su organización y competencias. Su composición, organización y funciones serán determinadas por ley del Parlamento de Canarias.
Texto oficial de Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias (BOE-A-2018-15138). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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