TÍTULO V. De las competencias · CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 97. Competencias ejecutivas.
En el ámbito de sus competencias ejecutivas, corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias:
a) La función ejecutiva, que incluye, en todo caso, la potestad de organización de su propia administración, así como las potestades de inspección y de sanción y, en general, todas aquellas funciones y actividades que el ordenamiento atribuye a la Administración Pública.
b) La potestad reglamentaria, que comprende la aprobación de reglamentos internos de organización de los servicios.
Texto oficial de Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias (BOE-A-2018-15138). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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