La secretaría del Consejo será desempeñada por la persona titular de la Subdirección General de Política Forestal y Lucha contra la Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, o por una persona con la condición de funcionario del grupo A1 de esta Subdirección General, designada por la persona titular de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, pudiendo ser asistida por personal de la mencionada Dirección General.
> <small>Se modifica por la disposición final 2.3 del Real Decreto 159/2022, de 1 de marzo. [Ref. BOE-A-2022-3717#df-2](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-3717)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1269/2018, de 11 de octubre, por el que se determinan la composición, las funciones y las normas de funcionamiento del Consejo Forestal Nacional (BOE-A-2018-15237). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. Secretaría del Consejo. — Real Decreto 1269/2018, de 11 de octubre, por el que se determinan la composición, las funciones y las normas de funcionamiento del Consejo Forestal Nacional · BOE Fácil