*«7. Utilización de designadores en las comunicaciones.*
Disposición final novena. Medidas de ejecución.
En ejecución de lo dispuesto en el artículo 29, apartado 4, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, en coordinación con ENAIRE, adoptará los modelos de formulario, certificados y procedimientos de coordinación previstos en dicho precepto para hacer uso de las exenciones ATFM.
> <small>Se modifica por la disposición final 6.3 del Real Decreto 517/2024, de 4 de junio. [Ref. BOE-A-2024-11377#df-6](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-11377)</small>
Texto oficial de Reglamento del Aire y Disposiciones Operativas de Navegación Aérea (BOE-A-2018-15406). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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