Disposición final tercera. Modificación de la composición del Consejo Rector de Incentivos Regionales.
Se modifica el apartado 1 del artículo 18 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, aprobado por Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 18. El Consejo Rector. Su composición.
1. El Consejo Rector, adscrito al Ministerio de Hacienda, estará integrado por los siguientes miembros:
Presidente: el titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Vicepresidente primero: el titular de la Dirección General de Fondos Europeos.
Vicepresidente segundo: un representante, con rango de Director General, del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
Vocales: tres representantes con rango de Director General del Ministerio de Economía y Empresa; un representante con rango de Director General del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo; un representante con rango de Director General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación; un representante con rango de Director General del Ministerio para la Transición Ecológica; un representante con rango de Director General del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social; y un representante con rango de Director General del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Secretario: un funcionario, con rango de Subdirector General, de la Dirección General de Fondos Europeos.»
Texto oficial de Real Decreto 1399/2018, de 23 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa (BOE-A-2018-16040). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Modificación de la composición del Consejo Rector de Incentivos Regionales. — Real Decreto 1399/2018, de 23 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa · BOE Fácil