TÍTULO II. Requisitos de seguridad · CAPÍTULO III. Diseño
Artículo 21. Requisitos de diseño de estructuras, sistemas y componentes importantes para la seguridad.
1. El titular debe identificar las funciones que las estructuras, sistemas y componentes deben llevar a cabo para asegurar el cumplimiento de las funciones principales de seguridad o el objetivo de seguridad establecido en el artículo 6 de este Reglamento para la instalación.
2. El diseño de las estructuras, sistemas y componentes importantes para la seguridad debe garantizar el cumplimiento con sus funciones con un alto nivel de fiabilidad. Para ello se seleccionarán las alternativas siguientes teniendo en cuenta el siguiente orden de prioridad:
a) Procesos intrínsecamente seguros.
b) Elementos de diseño pasivo.
c) Elementos de diseño activo.
d) Controles administrativos.
3. En el diseño de estructuras, sistemas y componentes importantes para la seguridad:
a) Se deben aplicar criterios y normas de diseño acordes a la fiabilidad necesaria de acuerdo con su importancia para la seguridad.
b) Se deben tener en cuenta las necesidades de mantenimiento, pruebas y gestión de envejecimiento.
c) Se deben usar tecnologías probadas o validadas.
Texto oficial de Real Decreto 1400/2018, de 23 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre seguridad nuclear en instalaciones nucleares (BOE-A-2018-16041). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.