TÍTULO III. Derechos de las personas · CAPÍTULO II. Ejercicio de los derechos
Artículo 16. Derecho a la limitación del tratamiento.
1. El derecho a la limitación del tratamiento se ejercerá de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento (UE) 2016/679.
2. El hecho de que el tratamiento de los datos personales esté limitado debe constar claramente en los sistemas de información del responsable.
Texto oficial de Ley Orgánica de Protección de Datos (BOE-A-2018-16673). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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