Disposición transitoria cuarta. Tratamientos sometidos a la Directiva (UE) 2016/680.
Los tratamientos sometidos a la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo, continuarán rigiéndose por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en particular el artículo 22, y sus disposiciones de desarrollo, en tanto no entre en vigor la norma que trasponga al Derecho español lo dispuesto en la citada directiva.
> Téngase en cuenta que la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, ha sido transpuesta por la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo. [Ref. BOE-A-2021-8806](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-8806)
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