1. Sin perjuicio de las funciones legalmente previstas para los miembros de la escala de cabos y guardias, el cabo mayor ejercerá el apoyo y asesoramiento al mando a través de las facultades y cometidos a los que se refiere el artículo 12.
2. Estas funciones las desarrollará, fundamentalmente, mediante acciones de gestión y ejecutivas, así como en el desempeño de los trabajos y cometidos en aplicación de procedimientos establecidos o que se le encomienden por órdenes concretas.
Texto oficial de Orden PRA/215/2018, de 1 de marzo, por la que se regulan las funciones, facultades y cometidos de los empleos de suboficial mayor y de cabo mayor de la Guardia Civil (BOE-A-2018-3082). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 11. Funciones del empleo de cabo mayor. — Orden PRA/215/2018, de 1 de marzo, por la que se regulan las funciones, facultades y cometidos de los empleos de suboficial mayor y de cabo mayor de la Guardia Civil · BOE Fácil