Disposición transitoria segunda. Autorización en relación al incremento del porcentaje de anticipo de pagos.
El Gobierno, a través del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, y en el marco de las disposiciones reguladoras de la Política Agraria Común, realizará las gestiones necesarias ante la Unión Europea para que se autorice en el año de solicitud 2018, tanto el incremento del porcentaje de anticipo de pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda directa y al desarrollo rural, como la utilización para el pastoreo de las superficies de barbecho que se declaren como superficies de interés ecológico a efectos del pago por prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente.
Asimismo, el Gobierno estudiará y aplicará las excepciones que resulten precisas durante la campaña de solicitud 2018 en cuanto a los requisitos exigibles en lo relativo a agricultor activo y ejercicio de la actividad agraria, al objeto de que las circunstancias devenidas como consecuencia de la sequía no representen impedimentos añadidos para la percepción de pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda directa y al desarrollo rural.
Texto oficial de Ley 1/2018, de 6 de marzo, por la que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas y se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio (BOE-A-2018-3171). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria segunda. Autorización en relación al incremento del porcentaje de anticipo de pagos. — Ley 1/2018, de 6 de marzo, por la que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas y se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio · BOE Fácil