TÍTULO II. De los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional · CAPÍTULO I. Estructura de la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y acceso a la misma
Artículo 17. Subescalas y categorías.
1. La escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se divide en las siguientes subescalas:
a) Secretaría.
b) Intervención-Tesorería.
c) Secretaría-Intervención.
2. Los funcionarios integrados en la subescala de Secretaría podrán ostentar, conforme a las reglas del presente real decreto, la categoría de entrada o la categoría superior.
3. Los funcionarios integrados en la subescala de Intervención-Tesorería podrán ostentar asimismo, conforme a las reglas del presente real decreto, la categoría de entrada o la categoría superior.
4. En la subescala de Secretaría-Intervención no existe diferenciación de categorías.
Texto oficial de Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE-A-2018-3760). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.