TÍTULO II. De los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional · CAPÍTULO IV. Provisión por concurso de méritos
Artículo 40. Coordinación y formalización de nombramientos.
1. La resolución del concurso, comprensiva de la totalidad de los candidatos no excluidos, según su orden de puntuación, se remitirá por la Corporación al Ministerio de Hacienda y Función Pública dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior, el Ministerio de Hacienda y Función Pública procederá a efectuar la coordinación de las resoluciones coincidentes, en atención al orden de preferencia formulado por los interesados, para evitar la pluralidad simultánea de adjudicaciones a favor de un mismo concursante y formalizará, en el plazo de un mes, los nombramientos procedentes, con publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Texto oficial de Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE-A-2018-3760). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.