Lo dispuesto en este Reglamento será de aplicación al personal que curse las enseñanzas de formación, de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales.
Asimismo, será de aplicación al personal aspirante que vaya a participar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación que facultan para el acceso a las distintas escalas de la Guardia Civil. En lo que se refiere al personal aspirante para el acceso directo a la escala de oficiales solo regirá lo específicamente dispuesto para este personal.
> <small>Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 149/2023, de 28 de febrero. [Ref. BOE-A-2023-5371](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-5371)</small>
Texto oficial de Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil (BOE-A-2018-3764). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Ámbito de aplicación. — Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil · BOE Fácil