ANEXO. **Texto aprobado por la Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas en su reunión de 9 de marzo de 2018 para su adaptación a lo dispuesto por la ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral** · CAPÍTULO IV. Estructura orgánica
Artículo 20. Funcionamiento y composición de la Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.
La Comisión General funcionará en Pleno o en Comisión Permanente. El Pleno de la Comisión General estará integrado:
a) En representación de la Administración General del Estado, por los siguientes miembros:
El Director del Instituto Nacional de Administración Pública, a quien corresponde la presidencia de la Comisión General.
El Director General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
El Subdirector General de Relaciones Laborales del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
El Subdirector General del Instituto Nacional de Administración Pública que designe el responsable del Organismo.
Representantes de la Administración General del Estado, al menos con rango de Subdirector General, designados por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, entre éste y los Departamentos de Empleo y Seguridad Social y el de Educación, Cultura y Deporte, que actuarán como vocales.
b) En representación de las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, por el representante que determine cada una de ellas, con rango de Director General o persona en quien delegue.
c) En representación de la Administración Local, por los representantes designados por la Federación Española de Municipios y Provincias.
d) En representación del personal, por los representantes que designen las organizaciones sindicales representativas en el conjunto de todas las Administraciones públicas en los términos establecidos en los artículo 6 y 7 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y presentes, por tanto, en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.
La Comisión Permanente se constituirá en el seno de la Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, con representación reducida y proporcional de sus miembros, para el conocimiento y resolución de aquellas cuestiones que por razones de eficacia y agilidad así lo requieran y que determine la Comisión General. La Comisión Permanente estará constituida por seis representantes de la Administración, dos por cada una de las Administraciones públicas representadas en la Comisión General, y seis representantes de las organizaciones sindicales.
Texto oficial de Resolución de 21 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018 (BOE-A-2018-4221). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.