CAPÍTULO IV. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia
Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.
1. La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.
2. La formación establecida en este real decreto, en sus diferentes módulos profesionales, garantiza el nivel de conocimiento exigido en materia de manipulación de alimentos.
Texto oficial de Título de Técnico en Comercialización de Productos Alimentarios (BOE-A-2018-4748). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales. — Título de Técnico en Comercialización de Productos Alimentarios · BOE Fácil