CAPÍTULO IV. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 6 de abril de 2018.
**FELIPE R.**
**El Ministro de Educación, Cultura y Deporte,**
**ÍÑIGO MÉNDEZ DE VIGO Y MONTOJO**
Texto oficial de Título de Técnico en Comercialización de Productos Alimentarios (BOE-A-2018-4748). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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