TÍTULO II. El Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España · CAPÍTULO III. Régimen del Consejo Superior · Sección 1.ª Régimen jurídico
Artículo 63. Normas aplicables.
En su organización y funcionamiento el Consejo se rige por las siguientes normas:
a) La legislación estatal en materia de Colegios Profesionales.
b) El resto del ordenamiento jurídico que le resulte aplicable.
c) Estos Estatutos Generales y el Reglamento de régimen interior que, en su caso, se apruebe para el desarrollo del presente Título II.
Texto oficial de Estatutos Generales de los Colegios de Arquitectos (BOE-A-2018-4957). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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