Artículo 6. El Archivo General del Ministerio de Justicia. Organización y funciones.
1. El Archivo General del Ministerio de Justicia, dependiente de la Subdirección General de Documentación y Publicaciones de la Secretaría General Técnica, realiza las siguientes funciones:
a) Conservar los documentos que son transferidos por los distintos archivos de gestión.
b) Coordinar y controlar el funcionamiento de los archivos de gestión.
c) Proporcionar a los archivos de gestión el asesoramiento técnico necesario para conseguir la correcta conservación y tratamiento archivístico unificado de la documentación, en materia de transferencias preceptivas y periódicas de documentos; además, fija el régimen de acceso, en los términos establecidos mediante resolución de la Subsecretaría; y la coordinación de cuantos trabajos archivísticos sean necesarios.
d) Transferir al Archivo General de la Administración la documentación, una vez transcurrido el plazo establecido para ello.
2. Con carácter general, y salvo excepciones aprobadas por el Secretario General Técnico, el Archivo General del Ministerio de Justicia no deberá custodiar documentos que superen los veinticinco años de antigüedad.
Texto oficial de Orden JUS/439/2018, de 26 de abril, por la que se crea y regula el Sistema Archivístico del Ministerio de Justicia y de sus Organismos Públicos vinculados o dependientes (BOE-A-2018-5935). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.