Disposición adicional segunda. Cumplimiento de la disposición adicional segunda de la Ley 22/2011, de 28 de julio.
Las medidas previstas en este real decreto para las bolsas de plástico ligeras permitirán dar cumplimiento a lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 22/2011, de 28 de julio, en particular, en lo que respecta al establecimiento del calendario mencionado en su apartado 3.
El grupo de trabajo mencionado en el apartado 4 de la disposición adicional segunda de la Ley 22/2011, de 28 de julio, será el grupo de trabajo de envases y residuos de envases de la Comisión de coordinación en materia de residuos, dependiente de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural.
Texto oficial de Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores (BOE-A-2018-6651). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.