orden · BOE-A-2018-743
Orden DEF/24/2018, de 11 de enero, por la que se regula la elaboración, acceso, custodia y utilización de los expedientes académicos del personal militar
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 20/1/2018
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Defensa
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta orden regula la elaboración, acceso, custodia y utilización de los expedientes académicos del personal militar, sustituyendo a la Orden ministerial 209/2001 para adaptarla a la Ley de la Carrera Militar de 2007 y mejorar los modelos de documentos existentes.
A quién afecta: El personal militar de las Fuerzas Armadas, cuyo expediente académico recoge sus calificaciones, titulaciones y estudios, y los órganos de enseñanza de cada Ejército responsables de su elaboración y custodia.
- El expediente académico se compone de ocho documentos: ficha de datos personales, enseñanza de formación, enseñanza de perfeccionamiento, altos estudios de la defensa nacional, estudios en el extranjero, idiomas, enseñanza del sistema educativo general y resumen de vicisitudes académicas.
- Su elaboración corresponde a la Subdirección General de Enseñanza Militar o a las Direcciones de Enseñanza de cada Ejército, según el cuerpo al que pertenezca el militar.
- Los cursos y titulaciones dentro de las Fuerzas Armadas se anotan de oficio; los obtenidos fuera de este ámbito se anotan a petición del interesado con la documentación acreditativa.
- No se anotan en el expediente asignaturas sueltas, cursos incompletos de planes con varias partes, ni estudios inacabados.
- Ningún curso puede anotarse si no figura en el registro de centros, cursos y títulos (RECECUT) creado por la Orden DEF/1902/2016.
¿Qué documentos componen el expediente académico del personal militar?
Ocho fichas: datos personales, enseñanza de formación, enseñanza de perfeccionamiento, altos estudios de la defensa nacional, estudios en el extranjero, idiomas, enseñanza del sistema educativo general y resumen de vicisitudes académicas.
¿Cómo se anotan en el expediente los estudios realizados fuera de las Fuerzas Armadas?
A petición del interesado, aportando la documentación acreditativa, y solo si están recogidos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, en el catálogo de formación profesional o son certificados de profesionalidad reconocidos.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.
