1. El Ministerio de Justicia se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de la Administración de Justicia, con rango de Subsecretaría, de la que dependen la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y la Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos.
2.º La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional, Relaciones con las Confesiones y Derechos Humanos.
B) La Subsecretaría de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General de los Registros y del Notariado.
3.º La Dirección General para la Memoria Histórica.
C) La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, con rango de Subsecretaría.
2. Quedan suprimidas la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos y la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones.
> <small>Se modifica por la disposición final 3 del Real Decreto 1044/2018, de 24 de agosto. [Ref. BOE-A-2018-11838#df-3](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-11838)</small>
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único.1 del Real Decreto 698/2018, de 29 de junio. [Ref. BOE-A-2018-9033](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-9033)</small>
Texto oficial de Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (BOE-A-2018-8580). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.