orden · BOE-A-2019-1104
Orden JUS/57/2019, de 22 de enero, por la que se crea el Foro para la mediación
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 30/1/2019
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Justicia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta orden crea el Foro para la Mediación, el órgano de diálogo entre el Ministerio de Justicia y la sociedad civil dedicado a impulsar la mediación como vía complementaria a los tribunales para resolver conflictos, sobre todo en el ámbito civil y mercantil. Nace en el contexto de la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles, con el propósito de dar mayor visibilidad y desarrollo a esta figura, que hasta entonces no había alcanzado la implantación esperada en España.
A quién afecta: El Ministerio de Justicia, los mediadores profesionales y las entidades y colectivos civiles y profesionales relacionados con la actividad mediadora.
- Se crea con la finalidad de institucionalizar la colaboración y fortalecer el diálogo permanente entre el Ministerio de Justicia y la sociedad civil en materia de mediación.
- Se constituye como grupo de trabajo de los previstos en el artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Centra sus actividades en el desarrollo de la mediación civil y mercantil, sin perjuicio de poder estudiar iniciativas de mediación contencioso-administrativa o penal.
- Sirve para canalizar propuestas de los distintos sectores civiles y profesionales implicados en la actividad mediadora, e intercambiar información y buenas prácticas.
- Se aprobó coincidiendo con el Día Europeo de la Mediación, en un momento en que el Ministerio de Justicia preparaba una reforma legal para dar mayor impulso a esta figura.
¿Qué es el Foro para la Mediación?
El órgano de diálogo y colaboración entre el Ministerio de Justicia y la sociedad civil dedicado a impulsar y dar visibilidad a la mediación como vía complementaria a los tribunales para resolver conflictos, principalmente en el ámbito civil y mercantil.
¿La mediación sustituye a los tribunales?
No; la orden la define como un cauce complementario y compatible con el derecho a la tutela judicial efectiva, que permite resolver determinados conflictos de forma más rápida y menos costosa, preservando mejor las relaciones entre las partes.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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