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orden · BOE-A-2019-1104

Orden JUS/57/2019, de 22 de enero, por la que se crea el Foro para la mediación

Estado
Vigente
Publicación
30/1/2019
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Justicia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden crea el Foro para la Mediación, el órgano de diálogo entre el Ministerio de Justicia y la sociedad civil dedicado a impulsar la mediación como vía complementaria a los tribunales para resolver conflictos, sobre todo en el ámbito civil y mercantil. Nace en el contexto de la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles, con el propósito de dar mayor visibilidad y desarrollo a esta figura, que hasta entonces no había alcanzado la implantación esperada en España.

A quién afecta: El Ministerio de Justicia, los mediadores profesionales y las entidades y colectivos civiles y profesionales relacionados con la actividad mediadora.

  • Se crea con la finalidad de institucionalizar la colaboración y fortalecer el diálogo permanente entre el Ministerio de Justicia y la sociedad civil en materia de mediación.
  • Se constituye como grupo de trabajo de los previstos en el artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Centra sus actividades en el desarrollo de la mediación civil y mercantil, sin perjuicio de poder estudiar iniciativas de mediación contencioso-administrativa o penal.
  • Sirve para canalizar propuestas de los distintos sectores civiles y profesionales implicados en la actividad mediadora, e intercambiar información y buenas prácticas.
  • Se aprobó coincidiendo con el Día Europeo de la Mediación, en un momento en que el Ministerio de Justicia preparaba una reforma legal para dar mayor impulso a esta figura.
¿Qué es el Foro para la Mediación?

El órgano de diálogo y colaboración entre el Ministerio de Justicia y la sociedad civil dedicado a impulsar y dar visibilidad a la mediación como vía complementaria a los tribunales para resolver conflictos, principalmente en el ámbito civil y mercantil.

¿La mediación sustituye a los tribunales?

No; la orden la define como un cauce complementario y compatible con el derecho a la tutela judicial efectiva, que permite resolver determinados conflictos de forma más rápida y menos costosa, preservando mejor las relaciones entre las partes.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.

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