CAPÍTULO V. Preferencias, servidumbres y limitaciones
Artículo 54. Circunstancias de exclusión para solicitar destinos.
Con independencia de las condiciones de carácter general para la solicitud de destinos, no podrán solicitar vacantes quienes hubieran sido condenados por sentencia firme a cualquiera de las penas de suspensión de empleo o cargo público, o de privación del derecho a la tenencia y porte de armas, hasta tanto las hubieren extinguido; o quienes se hallaren sujetos a cualquier medida de seguridad incompatible con el desempeño de sus cometidos profesionales.
Texto oficial de Reglamento de Destinos del Personal de la Guardia Civil (BOE-A-2019-11398). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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