CAPÍTULO II. Catálogo de puestos de trabajo y clasificación de destinos · Sección 2.ª Clasificación de los destinos
Artículo 7. Clasificación de los destinos según su forma de asignación.
1. Según su forma de asignación, los destinos pueden ser:
a) De libre designación.
b) De concurso de méritos.
c) De provisión por antigüedad.
2. Según la situación administrativa del personal para el que están catalogados, los destinos pueden ser:
a) Para personal en situación de servicio activo.
b) Para personal en situación de reserva.
Texto oficial de Reglamento de Destinos del Personal de la Guardia Civil (BOE-A-2019-11398). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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