ANEXO. ESTATUTOS PROVISIONALES DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE DIETISTAS-NUTRICIONISTAS · CAPÍTULO II. De los órganos del Consejo General
Artículo 4. La Asamblea General. Composición.
La Asamblea General, que será el órgano supremo del Consejo, estará constituida por la Comisión Ejecutiva y tres miembros de cada Colegio Oficial, los cuales serán designados por cada Junta de Gobierno correspondiente.
Los miembros de la Comisión Ejecutiva no tendrán derecho a voto en la Asamblea General, salvo que ostenten la representación de su Colegio.
Podrán acudir a las reuniones de Asamblea General, con derecho a voz y sin derecho a voto, aquellos asesores o invitados que la Comisión Ejecutiva considere.
No se podrán adoptar acuerdos respecto a asuntos que no figuren en el orden del día, excepto que hayan asistido todos los miembros de las Asamblea General.
Texto oficial de Orden SCB/85/2019, de 16 de enero, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas (BOE-A-2019-1391). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.