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orden · BOE-A-2019-14070

Orden ECE/983/2019, de 26 de septiembre, por la que se regulan las características de reacción al fuego de los cables de telecomunicaciones en el interior de las edificaciones, se modifican determinados anexos del Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones, aprobado por Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo y se modifica la Orden ITC/1644/2011, de 10 de junio, por la que se desarrolla dicho reglamento

Estado
Vigente
Publicación
3/10/2019
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Economía y Empresa

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden ECE/983/2019 fija los requisitos mínimos de reacción al fuego que deben cumplir los cables de telecomunicaciones instalados en edificios, tanto en las infraestructuras comunes de telecomunicaciones (ICT) como en los tramos finales de redes fijas de acceso ultrarrápido, adaptando la normativa española a las clases europeas de reacción al fuego.

A quién afecta: Instaladores y operadores de infraestructuras comunes de telecomunicaciones, fabricantes de cables de telecomunicaciones y promotores de edificaciones.

  • Los cables de telecomunicaciones instalados en edificios, fincas y conjuntos inmobiliarios deben cumplir los requisitos mínimos de seguridad frente al fuego recogidos en el anexo de la orden (artículo 1).
  • Los niveles mínimos obligatorios de reacción al fuego, según las clases europeas del Reglamento Delegado (UE) 2016/364, se aplican a los cables coaxiales, de pares, de pares trenzados y de fibra óptica utilizados en las ICT (anexo, tabla 1).
  • Los mismos niveles mínimos se exigen a los cables empleados en los tramos finales de redes fijas de acceso ultrarrápido en el interior de los edificios, conforme al artículo 45.4 de la Ley General de Telecomunicaciones (anexo, tabla 2).
  • Cuando los cables de telecomunicaciones compartan canalización con otro tipo de cables sujetos a normativa distinta y puedan transmitirles el fuego, todo el conjunto debe cumplir la legislación más estricta de las aplicables (anexo, nota).
  • Modifica los anexos I, II y III del Reglamento ICT (Real Decreto 346/2011) para actualizar aspectos técnicos como los puntos de interconexión de fibra óptica y la previsión de demanda en ascensores (artículo 2).
¿Qué ocurre si un cable de telecomunicaciones comparte canalización con cables eléctricos sujetos a otra normativa?

Todo el conjunto de cables debe cumplir con los requisitos que fije la legislación más estricta de las que resulten aplicables (anexo, nota).

¿A qué cables se aplican los niveles mínimos de reacción al fuego de esta orden?

A los cables coaxiales, de pares, de pares trenzados y de fibra óptica de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones, y a los de los tramos finales de redes de acceso ultrarrápido en el interior de los edificios (anexo, tablas 1 y 2).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Normas relacionadas

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Reacción al Fuego de los Cables de Telecomunicaciones en Edificios · BOE Fácil