1. Los interesados podrán tramitar los procedimientos que se deriven de esta norma por vía electrónica, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, y demás normativa aplicable.
2. En el caso de que los interesados sean alguno de los sujetos de los indicados en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberán tramitar los procedimientos que se deriven de esta norma por vía electrónica.
Texto oficial de Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas (BOE-A-2019-15228). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 31. Tramitación electrónica. — Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas · BOE Fácil