Artículo 4. De la Presidencia, la Vicepresidencia y la Secretaría.
1. Corresponde a la persona que ostente la Presidencia:
a) La representación general del Comité en su ámbito de competencias.
b) La convocatoria de las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité.
c) La continuidad del Comité en los períodos entre sus reuniones.
2. Corresponde a la persona que ostente la Vicepresidencia:
a) La sustitución de la persona que ostente la Presidencia en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
b) Las demás funciones que le atribuya la persona que ostente la Presidencia.
3. Corresponde a la persona que ostente la Secretaría:
a) La preparación del orden del día de las convocatorias.
b) El apoyo la persona que ostente la Presidencia en el mantenimiento de la continuidad del Comité y la coordinación de su funcionamiento.
c) La coordinación de las diferentes Comisiones y grupos de trabajo que, en su caso, se constituyan.
Texto oficial de Orden SCB/93/2019, de 4 de febrero, por la que se crea el Comité de las profesiones del sector sanitario y social (BOE-A-2019-1539). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. De la Presidencia, la Vicepresidencia y la Secretaría. — Orden SCB/93/2019, de 4 de febrero, por la que se crea el Comité de las profesiones del sector sanitario y social · BOE Fácil