CAPÍTULO V. Medidas para reforzar la coordinación en materia de seguridad de las redes y sistemas de información
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 31 de octubre de 2019.
**FELIPE R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN**
Texto oficial de Real Decreto-ley de Seguridad Pública en la Administración Digital (BOE-A-2019-15790). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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