1. De acuerdo con el artículo 6 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, la Comisión es un órgano colegiado de intercambio de información y coordinación de los departamentos ministeriales, al que corresponde asimismo establecer la forma de hacer efectiva la cooperación entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla con finalidad informativa, así como hacer efectiva su participación en el cumplimiento de los compromisos internacionales formalizados por España.
2. La Comisión se adscribe a la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Texto oficial de Comisión de Coordinación de Tratados Internacionales (BOE-A-2019-16635). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Naturaleza y adscripción. — Comisión de Coordinación de Tratados Internacionales · BOE Fácil